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Normativa vigente

Todas las actividades ejecutadas en el marco de un proyecto financiado por la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación se respalda y fundamenta en las siguientes normativas:

  Artículos 25, 85, 95 y 98 de la Ley N°10.336, "Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República".

  Artículos 54 y 55 del Decreto Ley N°1.263 de 1975, "Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado".

  Resolución N°30, de 2015, de la Contraloría General de la República, que "fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas" y sus modificaciones o la norma que la reemplace.

  Resolución N°110 de 2023, de la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología. que aprueba el “Instructivo de Rendición de Cuentas”.

  Anexos Financieros N°1 al 14 Documentos obligatorios para respaldar gastos rendidos en SISREC.

Resolución 30 de CGR Resolución 110 MinCiencia Anexos (PDF) Anexos (Excel)

 Para tener presente 

 Toda compra de pasajes de avión debe adjuntar su documento tributario (Factura).


 No se podrán fragmentar las compras a fin de evitar los tramos indicados en el Instructivo de Rendición de Cuentas.


 Las cotizaciones deben ser solicitadas vía mail con las mismas especificaciones, de forma previa a la compra, se deben adjuntar a la rendición en conjunto con el cuadro comparativo PDF. En caso de adjudicar una cotización que no sea la más económica, se debe justificar dicha decisión en el cuadro comparativo.


  Todos los pagos deben realizarse al RUT del proveedor del servicio, o en su defecto adjuntar los antecedentes necesarios para validar que el documento tributario fue cedido a un tercero (Factoring).


  Excepcionalmente en caso que el pago se realice desde una cuenta diferente, se debe adjuntar además del pago al proveedor, el reembolso pagado desde la cuenta del proyecto, a la persona que realizó el pago.


  Todo pago debe ser realizado mediante transferencia electrónica, voucher de pago, nóminas bancarias o cheque más cartola bancaria.

  Todos los gastos se deben rendir y respaldar de manera individual por cada línea de gasto, es decir, debe rendir cada documento tributario por separado.


  Los gastos de honorarios se rinden en bruto, incluyendo dentro del mismo expediente de la línea del gasto, la nómina de retenciones y el Formulario 29 pagado.


  Todo gasto rendido, debe al menos tener adjunto un anexo que respalde dicha compra o servicio, excepto la documentación en garantía.


  Todo gasto mayor a $50.000.- debe realizarse con factura (excepto las compras en combustible).


  El gasto de combustible se rinde con el Anexo N°7 - Combustible, y este permite el reembolso de éste, a razón de: 10 KM x Litro x valor del combustible indicado en la respectiva boleta.


  No se aceptarán gastos que contengan acumulación de puntos, millas, dólares, etc, ni gastos por concepto de propinas o de bebidas alcohólicas.


  No se aceptarán gastos de aplicaciones de transportes tales como (UBER - DIDI - CABIFY)

 Todos los documentos que sustenten una línea de gasto deben ser cargados o subidos al SISREC en un archivo PDF y no pueden eliminar la documentación ya rendida.


  Cada contrato y/o anexo, se debe incluir toda vez que se rinda el gasto, es decir, mensualmente se adjunta el respaldo completo.


  Todo anexo, contrato u otro documento formal, no puede ser firmado y validado por la misma persona, toda documentación debe presentar firmas originales o Firma Electrónica Avanzada.


  Todo documento tributario debe contener el código del proyecto. Para las boletas de venta o voucher, se debe adjuntar obligatoriamente el anexo N° 13 - Certificado de Rendición Exclusiva.

En caso de dudas o consultas escribir a: rendiciones@minciencia.gob.cl